SEGURIDAD E HIGIENE Y MEDICINA LABORAL - LEY 19587

Ley 19587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Condiciones de Seguridad e Higiene y Medicina Laboral

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La Ley 19587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y sus decretos Reglamentarios 351/79 y 1338/96 determinan las condiciones de seguridad que debe cumplir cualquier actividad industrial a nivel nacional en Argentina. Esta ley, a su vez,establece la obligación de contar con un Servicio de Higiene, Seguridad y Medicina Laboral, a través de profesionales competentes en Seguridad y Medicina del Trabajo.

¿Cuáles son las condiciones de Seguridad e Higiene y Medicina Laboral que establece la Ley 19587? En líneas generales las condiciones de seguridad que se deben cumplimentar, y que el servicio de Seguridad e Higiene Laboral, a través de su asesoramiento, debe controlar con visitas periódicas y mediciones en planta, se encuentran relacionadas básicamente con aspectos tales como, entre otros, los siguientes: Características constructivas, Provisión de agua potable, Control de carga térmica, Contaminantes químicos en ambiente de trabajo, Control de radiaciones, Ventilación Iluminación.

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